Anulación de matrícula

Condiciones:

El motivo alegado debe ser sobrevenido, es decir, que tiene que haber surgido después de haberse matriculado el alumno en la escuela en el año escolar en curso.

La concesión de anulación de matrícula no conlleva la devolución de las tasas pagadas en el momento de la matrícula.

Sólo se concederán las solicitudes que demuestren documentalmente y de manera suficiente que no se puede asistir a clase por los siguientes motivos:

  • Laborales (traslados a otras ciudades donde no existe una EOI cercana o si la hay, no pueden ofrecer una plaza al interesado; cambios de horario y/o turno del trabajador, etc.)
  • De estudios oficiales (sin que puedan contemplarse la asistencia a academias o la preparación de oposiciones)
  • De enfermedad propia o de familiar en primer grado de parentesco (cónyuge o pareja de hecho, los hijos y los padres). No se considerarán las enfermedades que ya padecía el alumno o alumna antes de matricularse en el presente curso, a no ser que se sufra un empeoramiento de la misma que impida la asistencia o llevar adelante el estudio con garantías de éxito. No se tendrán en cuenta la justificación del grado de minusvalía sin un informe médico que demuestre cuál es el alcance de la enfermedad y cómo afecta al estudio.

 

– Todas las circunstancias deberán quedar claras en la solicitud y la documentación deberá justificar todas esas circunstancias. El/la directora/a podrá solicitar cualquier documentación adicional que sirva para aclarar los supuestos que alega el alumnado.

La documentación entregada con la solicitud será tratada con absoluta confidencialidad.

La anulación se matrícula sólo se puede solicitar una vez por nivel.

– La no justificación de los motivos alegados para la solicitud supondrá la denegación de la anulación de matrícula.

 

Como solicitar la anulación de matrícula:

 

Se deberá realizar de forma telemática accediendo a la Secretaría Virtual de la Junta de Andalucía. Una vez dentro clicar en “solicitudes”, “Tramites Generales” y seguidamente en “presentación electrónica General en centros educativos”.

Deberá adjuntar la solicitud junto con la documentación justificativa.

 

Plazos:

 

A partir del primer día de clase hasta el 30 de abril.

El alumnado debe tener en cuenta que el plazo para solicitar traslado de matrícula a otra EOI finaliza cada año el 31 de marzo, por lo que hay un desfase entre este plazo y el de solicitud de anulación.

 

Impresos:

 

Solicitud de Anulación de Matrícula – PDF